El Derecho Civil ha constituido la sustancia genuina de todas las ramas del Derecho que a través del tiempo y como producto de la práctica social han ido cobrado autonomía y en esa virtud, seguirá siendo supletorio en todos aquellos casos en que la rama independiente no contemple la totalidad de las instituciones esenciales del negocio jurídico contractual y como consecuencia de ello todo profesional del derecho tiene que adquirir una sólida formación académica en este cuerpo de conocimiento, porque es el llamado a interpretar la voluntad de los particulares en la tarea de crear ley privada a través de las relaciones Jurídico-Privadas que se vea precisado a autorizar. El derecho de obligaciones surge precisamente para que ese imperio de la voluntad creadora no se desborde y sea ordenada, estableciendo las limitaciones por razón de orden público, leyes expresamente prohibitivas de moral y buenas costumbres.
- Profesor: ANGEL ROBERTO TEPAZ GOMEZ